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Corte de Santiago rechaza recurso de amparo a condenado por Caso Quemados

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La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar este miércoles el recurso de amparo presentado por Nelson Medina Gálvez, condenado a 20 años de presidio por el emblemático Caso Quemados, quien pretendía adelantar los plazos establecidos por Gendarmería para postular a beneficios intrapenitenciarios y a la libertad condicional. La resolución judicial ratificó que las fechas fijadas por la institución penitenciaria se mantienen para febrero de 2036 y febrero de 2037, respectivamente. La audiencia congregó nuevamente en los tribunales de justicia a Verónica de Negri, madre del malogrado fotógrafo Rodrigo Rojas de Negri, quien a sus 81 años manifestó su profundo pesar e indignación ante un nuevo intento legal por modificar las condenas de los responsables de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.

El dictamen de la Séptima Sala del tribunal de alzada capitalino puso de relieve un error jurídico central en la argumentación de la defensa del condenado, la cual situó erróneamente los crímenes en el año 1973. Sin embargo, los graves hechos que afectaron a Rodrigo Rojas de Negri y a Carmen Gloria Quintana ocurrieron el 2 de julio de 1986 en la comuna de Estación Central, cuando una patrulla militar interceptó a ambos jóvenes, golpeándolos, rociándolos con combustible y quemándolos vivos para posteriormente abandonarlos en un sector rural de Quilicura. A consecuencia de las graves lesiones, Rodrigo Rojas falleció días más tarde, mientras que Carmen Gloria Quintana sobrevivió con secuelas físicas y psicológicas imborrables tras décadas de impunidad y montajes comunicacionales que intentaron culpar a las propias víctimas.

Desgaste judicial y críticas a la acción estatal

Durante su presencia en el tribunal, Verónica de Negri expresó con firmeza su cansancio ante las continuas batallas legales que deben enfrentar los familiares de las víctimas. A sus 81 años, continúa cruzando continentes desde Estados Unidos para respaldar la labor de sus abogados y fiscalizar el cumplimiento íntegro de las sentencias. «Estoy cansada de que estén jugando con nuestras vidas», aseveró categóricamente, criticando además lo que calificó como debilidad de los distintos gobiernos frente a las maniobras jurídicas que buscan aminorar las sanciones de agentes del Estado condenados por delitos de lesa humanidad. Por su parte, la abogada Magdalena Garcés, representante de la familia, advirtió que la acción legal pretendía aplicar normativas anteriores a 1982 para beneficiar indebidamente al recluso.

En la misma línea, los representantes jurídicos de las víctimas cuestionaron la actuación del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, debido a la presentación de un escrito que carecía de una solicitud expresa de rechazo o de un anuncio de alegatos formales en la estrado. Pese a que desde la Subsecretaría de Derechos Humanos se ratificó por escrito la postura institucional respecto a los requisitos de cumplimiento de penas, las familias insistieron en la necesidad de una mayor firmeza por parte del Ejecutivo en causas de alta relevancia histórica nacional.

Implicancias y antecedentes del proceso judicial

Nelson Medina Gálvez cumple actualmente su sentencia en el recinto penitenciario de Colina I, tras ser condenado como autor de homicidio calificado en el caso de Rodrigo Rojas de Negri y de homicidio calificado frustrado en el caso de Carmen Gloria Quintana. La sentencia definitiva dictada por la Corte Suprema en enero de 2024 marcó un hito jurídico tras más de 37 años de tramitación, cerrando parcialmente un capítulo doloroso marcado por la persistente búsqueda de justicia y verdad en Chile. Las proyecciones actuales de Gendarmería indican que el condenado recién podrá optar a discutir su libertad condicional a principios del año 2037, conforme al cálculo estricto de los años de presidio efectivo dictaminados por los tribunales de justicia.

El fallo de la Corte de Santiago consolida el marco temporal estipulado para el cumplimiento de las penas aflictivas en crímenes de lesa humanidad, reafirmando los criterios de proporcionalidad y legalidad en el sistema penitenciario chileno. Para las agrupaciones de derechos humanos y los familiares directos, la resolución representa un freno temporal a las pretensiones de la defensa, aunque deja en evidencia la persistente tensión jurídica que acompaña a los procesos de memoria histórica a más de tres décadas del retorno a la democracia en el país.