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Cámara de Diputados aprueba histórica reforma a patentes mineras para potenciar a la pequeña y mediana minería nacional

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La Cámara de Diputados aprobó y despachó formalmente a ley el proyecto que introduce una profunda reforma al régimen de patentes mineras en Chile, un hito legislativo largamente esperado por la industria de menor escala. Esta normativa busca simplificar de manera radical las regulaciones vigentes y reducir de forma considerable los costos operativos que históricamente afectaban a los operadores y productores de la pequeña minería y de la minería artesanal a lo largo del territorio nacional. La iniciativa legislativa responde a una demanda transversal por corregir los efectos adversos generados por modificaciones legales previas, otorgando un marco de certidumbre regulatoria indispensable para la sostenibilidad de miles de familias mineras.

El núcleo de la nueva ley radica en la sustitución del sistema de cobro progresivo —que imponía un gravamen de hasta 12 UTM por hectárea y ponía en riesgo la propiedad de las concesiones— por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea. Con este cambio estructural, se eliminan complejas barreras administrativas y financieras que ahogaban a los pequeños operadores. Asimismo, el proyecto amplía sustancialmente las causales y condiciones de elegibilidad para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea, integrando no solo a los titulares tradicionales, sino también a arrendatarios y operadores legítimos de faenas mineras, suprimiendo además engorrosos requisitos burocráticos vinculados al parentesco y a tipos societarios específicos.

Alivio financiero y respiro para el sector artesanal

Durante la tramitación legislativa, las autoridades enfatizaron la urgencia de revitalizar este segmento clave de la economía chilena. Al respecto, el biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, destacó que «existe un diagnóstico compartido: Chile necesita una pequeña y mediana minería vigorosa para desplegar todo su potencial minero», añadiendo que resulta imperativo erradicar regulaciones que frenan la inversión y la exploración. En términos prácticos, la nueva normativa contempla un régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas empadronados en la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) u otros poderes de compra reconocidos, garantizando la mantención de la patente rebajada por un periodo de cinco años consecutivos.

Adicionalmente, la ley amplía de manera significativa la extensión territorial susceptible de acogerse a rebajas tributarias y de mantención. Para la minería artesanal, el tramo protegido aumenta de 50 a 100 hectáreas, mientras que para los pequeños productores el beneficio se extiende desde las 100 hasta las 150 hectáreas. Estas modificaciones directas buscan compensar el impacto negativo derivado de la Ley N°21.420 de 2022, la cual había elevado exponencialmente los costos de mantención de las concesiones mineras, generando una crisis de liquidez y una amenaza latente de pérdida masiva de pertenencias para la minería de menor escala.

Proyecciones y postergación de pagos hasta 2027

Como medida inmediata de mitigación y apoyo económico, la flamante legislación establece la postergación hasta el 28 de febrero de 2027 del pago de las patentes mineras correspondientes al ejercicio 2026. Esta prórroga congela automáticamente los remates de concesiones mineras en todo el territorio nacional, blindando a los operadores frente a procesos de caducidad inminente mientras se implementa administrativamente el nuevo sistema. La normativa también perfecciona los procedimientos de remate por no pago, incorporando mecanismos expeditos para corregir errores en las nóminas de concesiones, regular con justicia las costas procesales y agilizar la declaración de terrenos francos.

Con este cuerpo legal, el Ministerio de Economía y Minería reafirma su compromiso de restablecer los incentivos adecuados para la exploración y la producción sustentable, reconociendo a la pequeña y mediana minería como un eslabón fundamental e insustituible dentro de la cadena de valor minera nacional. Las agrupaciones gremiales y los productores independientes dispondrán ahora de un plazo extendido para reorganizar sus finanzas y proyectar sus operaciones bajo un esquema normativo mucho más coherente con la realidad productiva del país.