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Conflicto judicial enfrenta a Fiscalía y defensa de alcalde Boris Chamorro por suspensión en caso Puerto Coronel

0:00 / --:-- Locución HD

Un intenso debate jurídico se ha desatado en torno al alcance de una resolución del Tribunal Constitucional sobre el caso Puerto Coronel, generando visiones diametralmente opuestas entre el Ministerio Público y la defensa del alcalde de la comuna, Boris Chamorro, quien enfrenta graves acusaciones por presuntos delitos de cohecho. Mientras el equipo jurídico del jefe comunal sostiene que la tramitación de toda la causa penal se encuentra paralizada —incluida la crucial audiencia de preparación de juicio oral fijada inicialmente para el próximo 13 de noviembre—, la Fiscalía mantiene una postura restrictiva, argumentando que la suspensión dictada por el organismo jurisdiccional afecta únicamente la comunicación formal que se debe enviar al Servicio Electoral (Servel) para concretar la suspensión temporal de su cargo administrativo.

La controversia tiene su origen en la presentación de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Chamorro. Dicha acción legal cuestiona la normativa vigente que obliga a la suspensión automática de las autoridades edilicias cuando son formalmente acusadas por delitos graves, una disposición que, a juicio de los representantes del alcalde, vulnera derechos fundamentales y garantías procesales consagradas tanto en la normativa interna como en diversos tratados internacionales suscritos por el Estado de Chile.

Disputa por el alcance de la suspensión del Tribunal Constitucional

El abogado defensor del jefe comunal, Fernando Saenger, detalló los fundamentos de la acción legal y aseguró que el efecto de la determinación del Tribunal Constitucional es de carácter absoluto sobre el procedimiento penal en curso. «Yo he estudiado el tema y hay jurisprudencia que eso es inconstitucional, porque afecta una serie de derechos que establecen todos los tratados y nuestro sistema constitucional en contra de esas personas, alcaldes que estén en esa situación. Entonces, por eso se dedujo un recurso de inaplicabilidad», precisó el jurista, añadiendo que el tribunal acogió a trámite el recurso y decretó la suspensión del procedimiento hasta que exista un fallo definitivo.

Por el contrario, la fiscal a cargo del caso, Glenda Lagos, entregó una interpretación jurídica radicalmente distinta tras ser consultada sobre los efectos procesales de la resolución. La persecutora del Ministerio Público indicó que el dictamen del Tribunal Constitucional limita sus efectos única y exclusivamente a la gestión administrativa que debe realizar el tribunal de garantía local. «La suspensión del procedimiento en lo que dice relación con la comunicación que debe efectuar el Tribunal de Garantía al Servicio Electoral para efectos de suspender su ejercicio en el cargo», puntualizó Lagos, reafirmando que, bajo su perspectiva, el resto de las diligencias y la audiencia programada para el 13 de noviembre se mantienen plenamente vigentes.

Próximas definiciones en el Juzgado de Garantía

La discrepancia de criterios ha generado repercusiones entre los demás intervinientes del proceso judicial. Abogados defensores de otros imputados vinculados a la causa Puerto Coronel han respaldado la tesis impulsada por la defensa del alcalde Chamorro, coincidiendo en que la paralización decretada por el Tribunal Constitucional impide al Ministerio Público continuar avanzando con el itinerario procesal hasta que se resuelva el fondo del requerimiento constitucional. Ante este escenario de interpretaciones encontradas, juristas expertos en derecho penal advierten que si la Fiscalía persiste en su intención de llevar adelante la audiencia en la fecha establecida, será indispensable que el Juzgado de Garantía de Coronel dirima formalmente el conflicto interpretativo y establezca con claridad los pasos a seguir en esta compleja arista judicial de connotación pública.