El subsecretario de Justicia, Luis Silva, defendió ante la Corte de Apelaciones de Santiago la procedencia de una rebaja de condena de 19 meses para los exagentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Patricio Leónidas González Cortez y Heraldo Velozo Gallegos, pese a que sus solicitudes fueron rechazadas durante el gobierno anterior y esa decisión fue confirmada por la Corte Suprema. En dos informes dirigidos a la presidenta del tribunal de alzada, ministra Marisol Rojas Moya, Silva sostuvo que los condenados cumplían los requisitos legales para acceder al beneficio y que no existían causales de exclusión.
La controversia se remonta a septiembre de 2025, cuando el Ministerio de Justicia, entonces bajo la administración de Gabriel Boric, rechazó mediante los decretos exentos N°3124 y N°3120 las solicitudes de reducción de condena que ambos exagentes habían acumulado por buena conducta. González y Velozo recurrieron a la justicia, pero sus acciones de amparo fueron desestimadas por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de ese año y, posteriormente, el 2 de diciembre de 2025, la Corte Suprema confirmó ambos fallos, manteniendo las decisiones adoptadas por el tribunal de alzada.
Los argumentos de Silva y la aplicación de la Ley N°19.856
En sus informes, el subsecretario Silva argumentó que el Ministerio de Justicia no dispone de facultades discrecionales para rechazar una reducción cuando se cumplen los requisitos establecidos en la Ley N°19.856, que regula la reducción de condena por buena conducta. Según su interpretación, la gravedad del delito o la naturaleza del bien jurídico afectado no constituyen, por sí solas, causales legales de exclusión. Para respaldar su postura, citó distintos pronunciamientos judiciales, incluidos dos fallos de la Corte Suprema de 2014 correspondientes a las causas roles N°14.259-2014 y N°23.614-2014.
“Esta Subsecretaría estima que el beneficio de reducción de condena solicitado debió haberse otorgado”, concluyó la autoridad en ambos documentos. Silva también señaló que el mismo criterio fue aplicado en el caso de César Acuña, aunque no entregó detalles adicionales sobre ese caso. Los exagentes fueron condenados por su participación en los secuestros calificados de cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), considerados los últimos detenidos desaparecidos de la dictadura. De haberse reconocido las reducciones, Velozo habría cumplido su condena el 22 de febrero de 2025, mientras que González Cortez habría alcanzado esa condición el 23 de septiembre del mismo año.
Implicancias de la defensa oficial y el debate sobre los derechos humanos
La postura del subsecretario Silva ha generado debate en el ámbito jurídico y político, pues se produce en un contexto de especial sensibilidad para las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Organizaciones defensoras de los derechos humanos han manifestado su preocupación por la posibilidad de que se otorguen beneficios a condenados por delitos de lesa humanidad, aunque la defensa oficial se basa en la aplicación estricta de la ley. El caso también pone de relieve la tensión entre la obligación legal de aplicar la reducción de condena y la evaluación de la gravedad de los delitos cometidos.
La Corte de Apelaciones de Santiago deberá resolver si acoge o rechaza los argumentos presentados por el subsecretario. Mientras tanto, el Ministerio de Justicia no ha emitido declaraciones adicionales sobre el caso. La decisión que adopte el tribunal podría sentar un precedente para futuras solicitudes de reducción de condena en casos similares, especialmente aquellos vinculados a violaciones de derechos humanos. La comunidad jurídica y los familiares de las víctimas permanecen atentos a la evolución de este proceso, que revive la discusión sobre la aplicación de beneficios penitenciarios a exagentes de la dictadura.









