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Polémica por liberación de homicida neonazi mediante decreto ministerial

0:00 / --:-- Locución HD

La reciente liberación de Patricio Salas Villar, condenado a 13 años de presidio por un violento homicidio ocurrido en 2014, ha generado una profunda controversia en el sistema judicial chileno tras conocerse que el homicida neonazi liberado por decreto obtuvo su libertad a pesar de la oposición técnica de 14 magistrados. Salas, quien cumplía condena por un ataque grupal en la Plaza de Maipú, fue beneficiado por una resolución del Ministerio de Justicia, la cual contravino los informes de Gendarmería y la negativa unánime de las comisiones de libertad condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, que habían evaluado su caso entre abril y mayo de 2026.

El caso de Salas Villar no es menor, dado que su condena marcó un hito al ser una de las primeras sentencias en aplicar la denominada Ley Zamudio, tras el asesinato de un joven en un contexto de odio ideológico. Los antecedentes judiciales detallan que el interno, vinculado históricamente a la agrupación «Legión 38», mantenía una ideología radicalizada que, según los evaluadores, no había sido superada. A pesar de que el reo exhibía una conducta intachable en términos disciplinarios dentro del recinto penal, los informes técnicos subrayaban la persistencia de factores de riesgo que desaconsejaban su reinserción social inmediata.

El riesgo de reincidencia y la postura judicial

Los magistrados que revisaron la solicitud fueron enfáticos en sus argumentos. En el fallo de abril de 2026, los 11 jueces integrantes de la comisión de libertad condicional señalaron que, si bien el sujeto no presentaba problemas de adaptación a normas básicas, persistía en él una «latencia en su tendencia en favor del delito» debido a sus creencias neonazis. Los informes de Gendarmería, citados en las resoluciones, indicaron que Salas mostraba una «regular conciencia del daño causado» y una frialdad emocional que impedía garantizar su rehabilitación efectiva, calificando su discurso de arrepentimiento como una mera impostura.

La undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, al rechazar un recurso de amparo interpuesto por la defensa del reo, ratificó que el condenado tergiversaba los hechos comprobados en el juicio oral, manteniendo una postura carente de empatía hacia las víctimas. A pesar de este consenso judicial, el Ejecutivo, mediante un decreto exento firmado por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, determinó el cese de la condena a partir del 24 de septiembre, permitiendo que el individuo, conocido en su entorno como «Pato Cleta», recuperara su libertad.

Impacto social y el precedente de la «barrida»

El crimen por el cual Salas fue sentenciado ocurrió el 22 de octubre de 2014, cuando una docena de individuos atacó con bates y armas blancas a un grupo de jóvenes en Maipú. La planificación del ataque, denominada por los agresores como una «barrida», fue atribuida a Salas, quien en ese entonces exhibía tatuajes con simbología nazi, incluyendo el número «88» y una cruz similar a la utilizada por Charles Manson. La decisión del Ministerio de Justicia de ignorar las advertencias de los tribunales sobre la peligrosidad del sujeto ha abierto un intenso debate sobre los criterios utilizados para la concesión de beneficios carcelarios en casos de delitos de odio.

La comunidad jurídica y las organizaciones de derechos humanos han manifestado su preocupación ante este desenlace, cuestionando la autonomía de las decisiones administrativas frente a los informes técnicos de Gendarmería y la jurisprudencia de los tribunales superiores. Mientras el Ministerio de Justicia defiende sus facultades legales, el caso de este homicida neonazi liberado por decreto permanece como un recordatorio de las tensiones entre la política penitenciaria y la seguridad pública, dejando interrogantes sobre el seguimiento y control que tendrá el individuo tras su salida definitiva de la cárcel.