La reforma a patentes mineras fue aprobada y despachada oficialmente a ley por la Cámara de Diputados, marcando un hito legislativo para la industria extractiva nacional al simplificar las regulaciones vigentes y disminuir de manera drástica los costos que históricamente han afectado a los pequeños y medianos mineros. La nueva normativa establece cambios estructurales profundos en el sistema de tributación sectorial, poniendo fin al esquema de cobro progresivo que alcanzaba un tope de hasta 12 UTM por hectárea, para reemplazarlo por una tasa fija mucho más competitiva de 0,4 UTM por hectárea. Esta modificación busca otorgar mayor certeza jurídica y dinamizar la actividad productiva en las distintas regiones mineras del país, especialmente en aquellos yacimientos de menor envergadura que representan un pilar fundamental para las economías locales y el empleo descentralizado.
Durante el debate legislativo y la tramitación de la iniciativa, diversas autoridades enfatizaron la urgencia de modernizar el marco regulatorio para evitar que los cobros excesivos ahoguen la inversión en las etapas iniciales de exploración y desarrollo. Tradicionalmente, los costos asociados a las patentes representaban una carga financiera insostenible para los pirquineros y medianos productores, quienes veían amenazada la continuidad de sus faenas ante el incremento escalonado de las tarifas por hectárea concesionada. Con este nuevo cuerpo legal, el Estado busca equilibrar la recaudación fiscal con el estímulo a la producción y la exploración minera, permitiendo que más actores puedan mantener vigentes sus pertenencias sin el riesgo inminente de perderlas en los remates concursales.
Nuevas causales de rebaja y apoyo a concesionarios
El proyecto de ley despachado incorpora importantes flexibilizaciones en los requisitos para acceder a beneficios tributarios, destacando la ampliación de las causales para que los productores puedan optar a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea. Entre las modificaciones más aplaudidas por el sector figura la eliminación de exigencias restrictivas ligadas al parentesco y a determinados tipos societarios, incorporando además una nueva causal específica orientada a incentivar la labor de exploración. Asimismo, la normativa extiende este beneficio no solo a los titulares registrales de las concesiones mineras, sino también a los arrendatarios y a quienes desarrollen una explotación legítima de los yacimientos en terreno.
En la misma línea, el articulado resguarda la continuidad operacional al conservar el beneficio de la patente rebajada mientras el proyecto respectivo mantenga una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o se encuentre formalmente en curso de evaluación dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Para complementar estas medidas de alivio financiero, el Ejecutivo y el Congreso acordaron postergar hasta el 28 de febrero de 2027 el pago de la patente minera correspondiente al período 2026, lo que conlleva la suspensión temporal de los remates de concesiones mineras a lo largo de todo el territorio nacional.
Impacto sectorial y plazos de implementación
Desde el ámbito gubernamental, el biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, valoró profundamente el despacho de la normativa, señalando que el país no puede continuar manteniendo regulaciones que obstaculicen la iniciativa privada y el desarrollo productivo. La autoridad ministerial recalcó que el foco principal está puesto en respaldar a quienes se encuentran en la base de la actividad minera, facilitando los procesos de inversión y exploración que sostienen la industria a mediano y largo plazo. Las nuevas disposiciones también introducen mecanismos administrativos para corregir errores en las nóminas de concesiones afectas a remate, regular con mayor precisión las costas de los procedimientos y agilizar de forma efectiva la declaración de terreno franco.
Con la promulgación y posterior publicación de esta ley en el Diario Oficial, se abrirá un periodo de adaptación institucional y operativa para los servicios competentes y los tribunales tributarios y aduaneros, los cuales deberán aplicar los criterios de extinción de obligaciones y cancelación de inscripciones según los nuevos estándares legales. Las agrupaciones de la pequeña y mediana minería han recibido el anuncio con optimismo, estimando que la postergación de los pagos y la reducción general de las tarifas otorgarán el respiro necesario para planificar las operaciones mineras venideras en un escenario de mayor estabilidad y certidumbre económica.






