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Tribunal Constitucional declara admisible requerimiento de la Asociación de Magistrados contra la Corte Suprema por cuadernos de remoción

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La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas (ANMM) en contra de la Corte Suprema, a raíz de los cuadernos de remoción que afectaron a jueces que viajaron al extranjero mientras se encontraban con licencia médica. La decisión, adoptada con los votos a favor de las ministras María Pía Silva y Catalina Lagos y del ministro René Gómez, y con la disidencia de los ministros Raúl Mera Muñoz y Marcela Peredo Rojas, permite que el caso avance hacia el examen de fondo y sea resuelto por el Pleno del TC. El fallo de admisibilidad establece que se han cumplido los requisitos constitucionales y legales para dar curso al reclamo, que apunta a presuntas vulneraciones al debido proceso en los procedimientos de destitución de magistrados.

El origen de esta controversia se remonta a los procesos de remoción seguidos contra jueces que, estando con licencia médica, viajaron al extranjero. La ANMM sostiene que la Corte Suprema, al sustanciar estos cuadernos de remoción, no respetó las garantías fundamentales que amparan a los jueces, en particular el debido proceso, la legalidad, la tipicidad, la igualdad ante la ley y la inamovilidad judicial. Este requerimiento se enmarca en un contexto de creciente tensión entre el máximo tribunal y las asociaciones de magistrados, que han levantado la voz frente a procedimientos que consideran contrarios al ordenamiento constitucional. La admisibilidad declarada por el TC constituye un paso relevante para que estas acusaciones sean analizadas en profundidad.

Los argumentos de la Asociación de Magistrados ante el TC

La abogada que representa a la ANMM ante el Tribunal Constitucional, Elisa Walker, explicó el alcance de la decisión: “La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible el reclamo de inconstitucionalidad que presentó la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile, señalando que la regulación legal establecida en el Código Orgánico de Tribunales sobre los cuadernos de remoción y los procesos de destitución no cumple con garantías establecidas en la Constitución: garantías de debido proceso, garantías de legalidad, garantías de tipicidad, del derecho a la igualdad ante la ley y también la garantía de inamovilidad que tienen todos los jueces y juezas de la República”. Con estas palabras, la profesional subrayó que el cuestionamiento no se dirige únicamente a un caso particular, sino a la normativa que regula los procedimientos disciplinarios y de remoción en el Poder Judicial.

Walker añadió que la admisibilidad “lo que hace el Tribunal Constitucional es permitir que ahora ambas partes presenten sus argumentos de fondo y se convoque al Pleno del Tribunal para que se escuchen estos argumentos y se resuelva este reclamo de la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile”. De este modo, el proceso ingresará a una etapa de discusión sustantiva, en la que la Corte Suprema deberá defenderse de las acusaciones y el TC deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de las normas impugnadas. La resolución de admisibilidad cita expresamente el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, y los artículos 83 y 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para fundamentar su decisión.

Impacto en el sistema judicial y próximos pasos

La determinación del TC no solo afecta a los jueces involucrados en los cuadernos de remoción, sino que sienta un precedente sobre la forma en que se sustancian los procesos disciplinarios en el Poder Judicial. De prosperar el requerimiento, podría implicar una revisión de las normas del Código Orgánico de Tribunales que regulan la remoción de jueces, con el objetivo de adecuarlas a los estándares constitucionales. Para la ANMM, este es un paso crucial en la defensa de la independencia judicial y de los derechos de los magistrados, quienes ven en estos procedimientos una amenaza a su estabilidad y autonomía.

El caso continuará su tramitación ante el Pleno del Tribunal Constitucional, instancia que deberá convocar a las partes para presentar sus alegatos de fondo. Se espera que en las próximas semanas se fije la fecha para la audiencia correspondiente. Mientras tanto, la Corte Suprema no se ha pronunciado públicamente sobre la admisibilidad del requerimiento, pero se anticipa que ejercerá su defensa en el marco del proceso constitucional. La comunidad jurídica y los organismos de derechos humanos estarán atentos a la evolución de esta causa, que pone a prueba el equilibrio entre la potestad disciplinaria del máximo tribunal y las garantías fundamentales de los jueces.