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Corte Suprema reduce suspensión de licencia en Huasco




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La Corte Suprema de Chile redujo la suspensión de licencia de un conductor ebrio en la comuna de Huasco, de cinco a dos años, tras revisar la reincidencia y la normativa vigente.

El caso se originó el 28 de noviembre de 2025, cuando Carabineros fiscalizó a un conductor que circulaba zigzagueando en una camioneta por la comuna de Huasco. Los oficiales detectaron evidentes signos de ebriedad, entre ellos fuerte hálito alcohólico, dificultades para hablar e inestabilidad al caminar, y los exámenes confirmaron una alcoholemia de 1,76 g/dL. El Juzgado de Letras y Garantía de Freirina condenó al conductor a 41 días de prisión, sustituidos por remisión condicional durante un año, además de una multa de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), suspensión de cargo u oficio público durante la condena y cinco años de suspensión de su licencia de conducir.

Revisión de la reincidencia y la normativa

La defensa recurrió ante la Corte Suprema argumentando que la condena de 2013 no podía utilizarse para agravar la sanción, pues había transcurrido más de cinco años. El máximo tribunal acogió este planteamiento y recordó que el artículo 104 del Código Penal establece un plazo de cinco años para considerar la reincidencia en simples delitos y de diez años en crímenes. Asimismo, el artículo 196 de la Ley de Tránsito contempla una suspensión de licencia de dos años en una primera ocasión de conducción en estado de ebriedad, cinco años en una segunda y la cancelación en una tercera. La Corte concluyó que, aunque la normativa utiliza las expresiones «segundo» y «tercer evento», el mecanismo mantiene una naturaleza agravatoria y debe respetar los límites temporales establecidos para la reincidencia.

Según declaraciones del tribunal, la condena de 2013 no podía justificar una suspensión de cinco años, por lo que se redujo la medida a dos años, manteniendo las demás sanciones impuestas al conductor. La resolución reafirma que el aumento de las sanciones por antecedentes penales anteriores debe ajustarse a los plazos establecidos por la legislación, incluso en casos de conducción en estado de ebriedad.

Impacto y proyecciones

Esta decisión establece un precedente importante para la interpretación de la reincidencia en delitos de tránsito en la Región de Atacama y la Provincia del Huasco. Los conductores y sus familias en la comuna de Huasco ahora cuentan con una mayor claridad sobre los límites temporales que pueden afectar la suspensión de su licencia. La Corte Suprema ha señalado que la normativa seguirá siendo aplicada con rigor, pero respetando los plazos de reincidencia establecidos por el Código Penal y la Ley de Tránsito. Se espera que esta decisión influya en futuros casos similares en la región y sirva como guía para los tribunales inferiores.