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Caso Jilguero: Corte de Apelaciones de Copiapó reactiva investigación por presunta omisión de información ambiental en proyecto minero El Encierro

por Enfoque Digital
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La causa se originó tras la aparición de un comentario en una Declaración de Impacto Ambiental que recomendaba retirar la fotografía de un volantón de jilguero cordillerano. La justicia dejó sin efecto el sobreseimiento de dos representantes de la sociedad minera y ordenó que continúe la investigación.

ALTO DEL CARMEN / VALLENAR.– Lo que comenzó como un hallazgo de fauna durante la elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental terminó transformándose en una investigación penal que vuelve a tomar fuerza en la Región de Atacama.

La Corte de Apelaciones de Copiapó revocó el pasado 26 de agosto de 2026 el sobreseimiento definitivo que había favorecido a dos representantes de la Sociedad Contractual Minera El Encierro, Juan Esteban Poblete Newmann y Renzo Stagno Finger.

La decisión significa que la investigación deberá continuar y que aún existen diligencias pendientes para determinar qué ocurrió con la información relacionada con un ejemplar juvenil de jilguero cordillerano (Spinus uropygialis) registrado en el área del proyecto.

El proyecto que estaba detrás de la controversia

El denominado “Prospección Minera Proyecto El Encierro” corresponde a una iniciativa impulsada por Sociedad Contractual Minera El Encierro, vinculada a Antofagasta Minerals y Barrick.

El proyecto fue ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y contemplaba habilitar 60 plataformas de sondaje y ejecutar hasta 80 sondajes de tipo diamantina, con el objetivo de evaluar el potencial mineralógico del sector.

La iniciativa se emplaza en la comuna de Alto del Carmen, provincia del Huasco, aproximadamente 120 kilómetros al este de Vallenar, y contemplaba una inversión estimada de US$95 millones.

La propia resolución del SEA señala que el proyecto fue ingresado el 29 de diciembre de 2023 y que la iniciativa contemplaba una primera etapa de prospección destinada a reducir las incertidumbres geológicas y evaluar el potencial mineralógico del área.

La fotografía que abrió el conflicto

Uno de los antecedentes centrales de la investigación corresponde a una fotografía incluida en la documentación ambiental del proyecto.

La imagen mostraba un volantón de jilguero cordillerano, es decir, un ejemplar juvenil de la especie Spinus uropygialis.

En los antecedentes revisados por el SEA aparecía además una anotación asociada a la fotografía en la que se recomendaba retirar la imagen del documento, argumentando que su presencia podía implicar que el sector correspondiera a un sitio de nidificación y, por esa razón, a un hábitat de relevancia.

El antecedente fue considerado especialmente relevante por el organismo ambiental. El SEA sostuvo que la presencia del volantón constituía “evidencia inequívoca de actividad reproductiva actual” y que, conforme a los criterios utilizados en la evaluación ambiental, el lugar debía ser considerado un hábitat de relevancia para la especie.

Más aún, el SEA determinó que el punto donde fue registrado el ejemplar se encontraba dentro de un área en la que se superarían los umbrales de afectación fisiológica por ruido establecidos para fauna, concluyendo que existía un impacto significativo que no podía ser adecuadamente descartado con los antecedentes presentados.

Link de la resolución: Documento – 2024/02/16/2715-bcf7-4668-913a-037eb9cfd049

El proyecto fue detenido por el SEA

El 16 de febrero de 2024, el Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama resolvió poner término anticipado al procedimiento de evaluación ambiental.

La resolución señala que existía falta de información relevante o esencial que impedía continuar con la evaluación en los términos establecidos por la legislación ambiental.

Por esa razón, el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental fue terminado anticipadamente.

La decisión no constituyó, por sí misma, una sentencia penal ni determinó que existiera un delito. Posteriormente, sin embargo, los antecedentes fueron puestos en conocimiento del Ministerio Público y dieron origen a una investigación.

Del expediente ambiental a una investigación penal

En 2024, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una querella contra quienes resultaran responsables por un eventual ocultamiento de información esencial en la Declaración de Impacto Ambiental.

El caso comenzó a ser investigado por la Fiscalía y posteriormente se realizaron diversas diligencias policiales destinadas a determinar cómo se generó el comentario relacionado con la fotografía y, especialmente, si la información llegó posteriormente a conocimiento de los representantes de la sociedad minera.

De acuerdo con antecedentes de la investigación dados a conocer recientemente, el comentario habría surgido durante una reunión interna de la consultora Gestiona, encargada de participar en la elaboración de la DIA.

Según esos antecedentes, una integrante de la consultora declaró que se limitó a transcribir una instrucción recibida de su superior, mientras que este último reconoció la existencia de la reunión, pero señaló no recordar con precisión de quién había surgido originalmente la observación.

Ese punto resulta fundamental para la investigación: una cosa es que el comentario haya existido en documentación interna y otra distinta es determinar quién lo conoció, qué decisiones se tomaron posteriormente y si los representantes de la empresa tuvieron conocimiento de la información y actuaron con intención de ocultarla.

El primer revés judicial para la investigación

Después de casi dos años de indagatorias, el Juzgado de Garantía de Vallenar decretó el 12 de agosto de 2026 el sobreseimiento definitivo de Juan Esteban Poblete Newmann y Renzo Giuliano Stagno Finger.

El tribunal sostuvo que la DIA no contenía necesariamente una afirmación activa incompatible con los antecedentes primarios, sino una eventual omisión o falta de calificación técnica. Al mismo tiempo, la resolución reconoció que existía una controversia relevante respecto de la información contenida en el documento.

El Consejo de Defensa del Estado apeló esa decisión.

La Corte de Copiapó reabre el camino investigativo

El 26 de agosto, la Corte de Apelaciones de Copiapó acogió la apelación y revocó el sobreseimiento definitivo.

La Corte consideró que todavía existían diligencias investigativas pendientes, particularmente aquellas destinadas a reconstruir las comunicaciones entre la consultora y las personas vinculadas a la sociedad minera.

Entre las diligencias pendientes se encuentran requerimientos de información y correos electrónicos a Gestiona y empresas relacionadas con el proyecto, con el objetivo de determinar cómo circuló la información relativa al volantón y si esta llegó posteriormente a conocimiento de los representantes que aparecen como imputados.

Por lo tanto, la causa retorna al ámbito del Juzgado de Garantía de Vallenar para que continúe la investigación.

¿Qué se sabe realmente sobre el jilguero?

El jilguero cordillerano (Spinus uropygialis) es una especie registrada en Chile en sectores cordilleranos, incluyendo la Región de Atacama y la cuenca del río Huasco.

La plataforma oficial de biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente registra observaciones de la especie en distintas zonas del país, incluyendo la cuenca del río Huasco.

Sin embargo, existe una precisión importante frente a algunas publicaciones que han circulado en redes sociales:

No corresponde afirmar, sin más, que el jilguero cordillerano está oficialmente clasificado en Chile como una especie “extremadamente vulnerable”.

La ficha actualmente disponible en la plataforma oficial del Ministerio del Medio Ambiente no muestra una categoría de conservación nacional vigente para Spinus uropygialis. Además, fuentes especializadas que recopilan la clasificación internacional señalan actualmente a la especie como Preocupación Menor (LC) en la clasificación UICN.

Esto no significa que el hallazgo carezca de importancia ambiental.

En este caso concreto, el punto relevante para el SEA no fue simplemente la existencia de un jilguero, sino que el registro de un ejemplar juvenil fue considerado evidencia de actividad reproductiva actual, y el lugar donde fue registrado quedó asociado a un área donde el proyecto podía generar impactos por ruido.

Una investigación que todavía no tiene un culpable determinado

El caso sigue abierto y es importante distinguir entre una acusación, una investigación y una condena.

Hasta ahora, la justicia no ha establecido mediante una sentencia que los representantes de Minera El Encierro hayan ordenado ocultar deliberadamente la información ambiental.

Precisamente por eso la Corte de Apelaciones decidió que la investigación debía continuar: todavía existen diligencias destinadas a determinar qué ocurrió con la información, quién tuvo conocimiento de ella y cuál fue la responsabilidad que eventualmente pudiera corresponder a cada persona involucrada.

La consultora Gestiona tampoco aparece, según los antecedentes publicados sobre la causa, como querellada o imputada en esta investigación.

Un caso que vuelve a poner el foco en la evaluación ambiental en el Huasco

El llamado “Caso Jilguero” vuelve a poner sobre la mesa una discusión que trasciende a una fotografía.

Por una parte, se encuentra el interés por desarrollar exploraciones mineras en una zona con potencial mineralógico. Por otra, está la obligación de que los proyectos sometidos al sistema ambiental entreguen información completa y suficiente para que el Estado pueda evaluar correctamente sus posibles impactos.

En este caso, el SEA determinó en 2024 que los antecedentes presentados por el proyecto no permitían continuar con la evaluación ambiental y terminó anticipadamente el procedimiento.

Dos años después, la discusión ya no se encuentra solamente en el ámbito ambiental: la justicia investiga si existió una conducta deliberada destinada a omitir información relevante y quiénes serían eventualmente responsables de ella.

Por ahora, esa respuesta todavía no existe.

Y será precisamente la investigación que la Corte de Apelaciones de Copiapó decidió mantener abierta la que deberá intentar establecerla.

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