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Karen Rojo seguirá en prisión: Gendarmería rechaza libertad vigilada por incumplir requisitos y riesgo de reincidencia

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La exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, continuará cumpliendo en prisión la pena de 5 años y un día por el delito de fraude al fisco, luego de que Gendarmería rechazara su solicitud para acceder a la libertad vigilada intensiva. El informe del servicio penitenciario concluyó que la condenada no cumple con el requisito de los tres bimestres de muy buena o buena conducta y que su riesgo de reincidencia es medio, lo que impide sustituir la pena privativa de libertad por el beneficio solicitado.

La determinación constituye un nuevo revés judicial para la exautoridad, quien se encuentra recluida desde su extradición desde Países Bajos. La negativa se sustenta en un detallado análisis técnico que advierte necesidades de intervención en áreas como actitud procriminal, entorno familiar y falta de autocrítica respecto del delito cometido, aspectos que, a juicio de los evaluadores, no han sido abordados satisfactoriamente durante su tiempo en reclusión.

Informe de Gendarmería: requisitos incumplidos y riesgo de reincidencia medio

El documento elaborado por Gendarmería señala que la solicitud de libertad vigilada intensiva con monitoreo telemático no puede ser acogida debido a que la interna «no registra tres bimestres de muy buena o buena conducta», lo que corresponde al requisito D de la normativa vigente. Además, el informe califica su riesgo general de reincidencia como «Medio» e identifica «áreas críticas con necesidades de intervención altas» en ítems como actitud y orientación pro criminal, pares y familia/pareja.

En cuanto a las distorsiones cognitivas y la falta de autocrítica, el informe las califica como «moderadas», precisando que pese al tiempo en la cárcel, Rojo no ha logrado realizar «una reflexión crítica real sobre el delito de fraude al fisco cometido». La evaluación sostiene que la exalcaldesa tiende a reinterpretar las conductas sancionadas como necesidades de gestión o estrategias comunicacionales legítimas, atribuyendo lo ocurrido a un exceso de confianza de su parte, lo que limita el reconocimiento de su responsabilidad y del perjuicio ocasionado al Estado.

Gendarmería también incorporó como antecedentes de elusión de la justicia su salida del país y la posterior solicitud de asilo político, actuaciones que, a juicio de los evaluadores, reflejan dificultades para aceptar el marco legal cuando entra en conflicto con sus intereses. Respecto de su entorno, el documento reconoce que cuenta con apoyo material y afectivo de sus cercanos, pero advierte que este respaldo no se traduce en mecanismos efectivos para cuestionar sus decisiones o favorecer una reflexión sobre la conducta que motivó su condena.

Proyecciones: pena se extiende hasta julio de 2027 y evaluación futura

La evaluación también recoge aspectos positivos, entre ellos su preparación profesional e intelectual, sus herramientas para acceder a un empleo y su adaptación a espacios estructurados, incluido el contexto penitenciario. Además, describe una adecuada participación en actividades laborales y capacitaciones durante su reclusión en Países Bajos. Sin embargo, concluye que estos recursos no resultan suficientes para recomendar el cumplimiento del saldo de la condena en libertad, pues las necesidades de intervención detectadas difícilmente podrían abordarse eficazmente durante los aproximadamente ocho a nueve meses restantes que contempla el análisis.

Por estos motivos, Gendarmería no sugiere sustituir la pena privativa de libertad por libertad vigilada intensiva con monitoreo telemático. El documento consigna como fecha de término de su condena el 14 de julio de 2027. De esta manera, Karen Rojo permanecerá recluida hasta dicha fecha, salvo que surjan nuevos antecedentes que permitan revertir la decisión, lo que por ahora parece improbable dado el tenor del informe.

La resolución del caso ha generado expectación en la opinión pública, especialmente en la Región de Antofagasta, donde Rojo se desempeñó como alcaldesa hasta su condena. La negativa de Gendarmería refuerza la postura de los organismos judiciales respecto de la necesidad de que los condenados por delitos de corrupción cumplan efectivamente sus penas, y envía una señal sobre la importancia de la conducta intramuros y la reflexión sobre el daño causado al erario fiscal.