El Cuarto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda presentada por Catalina Pizarro, una profesora de música de 39 años, y determinó que el ginecobstetra Eduardo Carstens Ulloa obstruyó su derecho a acceder a la interrupción del embarazo por la causal de inviabilidad fetal, una de las tres despenalizadas en Chile desde 2017. El fallo, dictado el 3 de septiembre pasado, ordena al profesional pagar una indemnización de 100.275.000 pesos chilenos, equivalentes a unos 100.000 dólares, por incumplimiento de sus obligaciones contractuales y profesionales. La sentencia fue apelada por el médico y, de confirmarse en segunda instancia, se convertiría en la primera de su tipo en el país, según afirmó la abogada de la demandante, Francisca Millán.
El caso se remonta a 2018, cuando Pizarro, tras un año y medio buscando un embarazo, se atendió en la entonces Clínica Tabancura, hoy Clínica RedSalud Vitacura, en Santiago. En la ecografía de las 11 semanas, el personal médico detectó una grave anomalía en el feto. A partir de ese momento, la mujer solicitó acceder al aborto por inviabilidad fetal, pero según la demanda, el doctor Carstens, jefe de Maternidad del recinto, obstruyó ese derecho al no entregarle la información completa sobre la causal legal y alargar el proceso. Finalmente, el corazón de su hija Clara dejó de latir a las 20 semanas de gestación, el 5 de diciembre de 2018. “Te sientes como si tú fueras el verdugo. Te sientes sucia, culpable. Nunca más vuelves a habitar tu cuerpo de la misma forma”, relató Pizarro a BBC Mundo.
El fallo que establece la obstrucción del derecho a la causal inviabilidad fetal
La resolución judicial establece que el médico incumplió sus deberes profesionales al no informar de manera oportuna y clara sobre la posibilidad de acogerse a la causal de inviabilidad fetal, lo que privó a la demandante de ejercer su derecho. La abogada Millán explicó que se trata de la primera sentencia favorable de esta naturaleza en Chile, lo que podría sentar un precedente para futuros casos. “Es un fallo histórico porque reconoce que la obstrucción al aborto legal es una vulneración de derechos y genera responsabilidad civil”, señaló la jurista, aunque evitó referirse a cifras específicas de otros procesos.
Por su parte, la defensa del doctor Carstens sostiene que su actuar se ajustó a la ley y a la buena praxis médica, y que el cuadro clínico de Clara no configuraba las condiciones para un aborto por inviabilidad fetal. El profesional espera que la apelación revierta la sentencia. El caso ha reavivado el debate sobre la implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Chile, especialmente en el ámbito privado de salud, donde las mujeres enfrentan barreras adicionales para acceder a las causales legales.
Impacto en la comunidad y proyecciones del caso
La sentencia, de confirmarse, no solo beneficiaría económicamente a Pizarro, sino que enviaría una señal clara a los prestadores de salud sobre la obligación de respetar los derechos reproductivos de las mujeres. Organizaciones feministas y de derechos humanos han seguido de cerca el proceso, que visibiliza las dificultades que enfrentan las pacientes para acceder a la causal de inviabilidad fetal, muchas veces por falta de información o por objeción de conciencia institucional. En la Región de Atacama y la Provincia del Huasco, donde el acceso a servicios especializados es limitado, este tipo de fallos podría tener un efecto disuasivo para prácticas similares.
El caso continúa en la Corte de Apelaciones de Santiago, que deberá revisar los argumentos de ambas partes. Mientras tanto, Catalina Pizarro espera que la justicia confirme la sentencia y que su experiencia sirva para que otras mujeres no pasen por lo mismo. “No quiero que nadie más sienta que su cuerpo le pertenece a otro”, concluyó. La indemnización, de confirmarse, sería pagada por el médico y eventualmente por la clínica, según determine el tribunal. Enfoque Digital se mantendrá atento a los próximos pasos judiciales.









