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Corte de Apelaciones de Santiago rechaza reclamo de inmobiliaria y permite que avance demanda municipal por compraventa de Sierra Bella

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La Corte de Apelaciones de Santiago emitió dos fallos favorables a la Municipalidad de Santiago en el marco del denominado caso Sierra Bella, relacionados con la compraventa de los inmuebles de Sierra Bella y Ventura Lavalle, operación pactada en enero de 2023 durante la administración de la exalcaldesa Irací Hassler. El primer fallo rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la Inmobiliaria San Valentino, que pretendía que se pagara un vale vista correspondiente a parte del precio de la transacción. El segundo revocó la suspensión de la demanda municipal que busca la nulidad del contrato, por lo que el juicio ordinario continuará en primera instancia.

El caso se remonta a la compraventa de los inmuebles ubicados en las calles Sierra Bella y Ventura Lavalle, en la comuna de Santiago, adquiridos para instalar una ex clínica. La operación, que superó los $8.000 millones, fue cuestionada por la actual administración municipal, que considera que el precio pagado es desproporcionado respecto del valor real de los inmuebles, estimado en alrededor de $2.500 millones. La controversia judicial se ha centrado en la validez del contrato y en las obligaciones de pago asociadas.

Rechazo al reclamo de la inmobiliaria y avance de la demanda municipal

El alcalde de Santiago, Mario Desbordes, valoró las resoluciones judiciales y explicó el alcance de cada una. Respecto del primer fallo, señaló: “Hemos tenido hoy día dos noticias en materia judicial en los denominados juicios Sierra Bella. El primero es el rechazo a que se pague, como pretendían los dueños de Sierra Bella, el vale vista. Nosotros insistimos en que, pese a que está inscrito a nombre nuestro, el contrato se va a invalidar. Por lo tanto, no somos dueños y, por ende, no nos corresponde pagar”. Sobre el segundo, enfatizó que “es mucho más categórico. Vuelve la causa a primera instancia, el juicio ordinario. Donde nosotros estamos pidiendo la nulidad de este contrato por tener varios vicios. En el peor escenario, planteamos que se declare aquí que hay lesión enorme, porque entendemos que un inmueble que vale 2.500 millones no puede pagarse a mucho más que eso”.

La Corte de Apelaciones de Santiago precisó que el reclamo de la inmobiliaria se refería a la orden municipal de no pagar el vale vista, pero el tribunal estableció que el encargado de dicho pago es el propio banco. En cuanto a la demanda de nulidad, el tribunal aclaró que se trata de un juicio distinto del que se siguió para inscribir los inmuebles, y que la inscripción de la venta no impide que posteriormente sea anulada. De esta manera, el juicio ordinario continuará su curso en primera instancia, donde se discutirá la validez del contrato.

Impacto para la comunidad y proyecciones del litigio

El municipio de Santiago insistió en que el precio pactado no se condice con el valor real de los inmuebles y que será el tribunal de primera instancia el que decida si corresponde anular el contrato. El alcalde Desbordes complementó: “Son noticias positivas para el municipio después del desastre que deja la gestión Hassler, de la que ella no se hace absolutamente responsable de nada, pero que vamos a solucionar durante esta administración. Estoy seguro de que estamos del lado de lo correcto y del lado de la justicia y, por lo tanto, vamos a seguir peleando en tribunales. Para llevar a foja cero este contrato que nunca debió realizarse”.

El caso Sierra Bella ha generado un alto interés público debido a los recursos involucrados y a las implicancias para las finanzas municipales. La compraventa, que buscaba habilitar un recinto de salud, terminó en un complejo litigio que enfrenta a la actual administración con la inmobiliaria vendedora. Con los fallos conocidos este miércoles, la Municipalidad de Santiago logra despejar el camino para que la demanda de nulidad sea resuelta en primera instancia, lo que podría extenderse por varios meses. Mientras tanto, el municipio reiteró su postura de que el contrato presenta vicios que justifican su invalidación y que el pago del vale vista no corresponde mientras no se resuelva la validez de la operación.