Inicio Nacional Caso Franco Vargas: INDH de Arica y Parinacota asistió a la audiencia de formalización de ocho funcionarios del Ejército por apremios ilegítimos contra tres conscriptos

Caso Franco Vargas: INDH de Arica y Parinacota asistió a la audiencia de formalización de ocho funcionarios del Ejército por apremios ilegítimos contra tres conscriptos

por Enfoque Digital
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En la audiencia se resolvió además agrupar estos hechos en la causa en la que se investiga la muerte del joven conscripto Franco Vargas, ocurrida en abril de 2024 y donde el INDH actúa como querellante.

En abril de 2024 tres jóvenes conscriptos fueron humillados y golpeados cuando hacían el servicio militar en la Brigada Motorizada Huamachuco del Ejército en Putre. Eran parte del mismo contingente de Franco Vargas, recluta de 19 años que murió por los malos tratos ejercidos en su contra por parte de superiores. Dos años más tarde, los ocho agresores de esas tres víctimas fueron formalizados ante el Juzgado de Garantía de Arica por el delito de apremios ilegítimos. En la audiencia estuvo presente la sede de Arica del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

El jefe de la sede del INDH, Carlos Baeza, indicó que “consideramos fundamental que los hechos denunciados se investiguen de manera seria e imparcial, con pleno respeto al debido proceso. La formalización de ocho funcionarios del Ejército es una etapa de la investigación y no implica una declaración de culpabilidad. Serán los tribunales los que determinen si existen responsabilidades. El INDH continuará ejerciendo sus atribuciones como querellante, promoviendo el acceso a la justicia y respetando las garantías de todas las personas involucradas”.

De acuerdo con lo expuesto por el Ministerio Público, las agresiones físicas y verbales a los tres jóvenes ocurrieron en la zona de Pacollo, a 4.200 metros sobre el nivel del mar. En ese sitio el contingente debía realizar maniobras, en medio de las cuales las tres víctimas fueron sujetos de ejercicios de castigo e insultos homofóbicos y degradantes. Luego de las agresiones y muerte de Franco Vargas y mientras tramitaban su baja por salud mental, los tres fueron presionados por oficiales para firmar una declaración de no haber sufrido maltratos.

El tribunal ordenó como medidas cautelares el arraigo nacional y la firma quincenal para cuatro de los funcionarios del Ejército. Los otros cuatro quedaron también con arraigo nacional, pero sólo con firma mensual. De estos ocho formalizados, tres ya enfrentan cargos por apremios ilegítimos en el marco de la muerte de Franco Vargas.

Acciones del INDH en el marco de este caso

El INDH ha ejercido diversas acciones en torno a este caso: interpuso la primera querella por apremios ilegítimos el 8 de mayo de 2024 y días más tarde, el 13 del mismo mes, presentó la segunda querella por la muerte del conscripto de 19 años, Franco Vargas. Además, el Instituto abogó por que estos hechos fueran investigados por la justicia civil ya que en un principio la investigación se había radicado en la justicia militar. Las pretensiones del INDH fueron, finalmente, acogidas por la Corte Suprema, radicando la causa en un tribunal civil y marcando un hito al interpretar de manera restrictiva los casos que deben resolver tribunales militares. Al conocer nuevos antecedentes durante la investigación, en septiembre de 2025 el INDH amplió su querella, alcanzando un total de once víctimas.

La sede regional de Arica y Parinacota, junto a unidades especializadas del INDH, han hecho seguimiento de la investigación y acompañado a las víctimas y familiares del caso. Este trabajo ha permitido recabar antecedentes y dar atención oportuna a las personas afectadas, realizando derivaciones a instituciones especializadas en brindar atención y reparación.

¿Por qué el INDH actúa en este caso?

La ley que creó el INDH establece que al Instituto le corresponde deducir acciones legales ante los tribunales en el ámbito de su competencia. Conforme a esta atribución el INDH interpone querellas sobre hechos que revistan carácter de crímenes de genocidio, de lesa humanidad o de guerra, tortura, desaparición forzada de personas, tráfico ilícito de migrantes o trata de personas, entre otros.

En el país los delitos de malos tratos están tipificados en el Código Penal desde 2016. Estos se caracterizan porque poseen una escala de gravedad, cuyo nivel más alto es el delito de tortura. El segundo nivel es el de los “apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes que no alcancen a constituir tortura”. Y el tercer nivel, se encuentra el delito de vejaciones injustas que consiste en acciones que tienen el fin de humillar y maltratar.

Estos delitos, en principio, sólo pueden ser cometidos por empleadas y empleados públicos, por particulares en ejercicio de funciones públicas o por instigación o con el consentimiento de funcionarios públicos. Detalles sobre las definiciones y análisis de sentencias aplicadas están en el volumen “Jurisprudencia destacada del INDH. Sentencias condenatorias por tortura y otros malos tratos”, tomos I y II.

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