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El acceso a la minería y los modelos jurídicos que lo regulan en Chile y Mongolia son el eje de un análisis elaborado por Gastón Fernández Montero, profesor de Derecho Minero y miembro de la Comisión Redactora del Código Minero chileno actual. En su exposición, el especialista sostiene que la minería, como actividad estratégica, refleja en cada país no solo su riqueza geológica, sino también la forma en que el Estado organiza jurídicamente el acceso a los recursos. El texto, difundido por Revista Minera Crisol, invita a reflexionar sobre las diferencias y similitudes entre ambos sistemas, en un contexto global de creciente demanda de minerales estratégicos.
La comparación entre Chile y Mongolia resulta relevante porque ambos países poseen economías fuertemente dependientes de la minería y han debido diseñar marcos legales para atraer inversión extranjera, regular la participación estatal y garantizar la sostenibilidad ambiental. Chile, con una tradición minera centenaria y un Código Minero que data de 1983, ha sido un referente en América Latina, mientras que Mongolia, con un desarrollo minero más reciente, ha implementado reformas legales para gestionar sus vastos recursos de cobre, carbón y oro. El análisis de Fernández Montero se enmarca en el debate sobre cómo los países organizan el acceso a sus recursos estratégicos.
El modelo jurídico chileno y su comparación con Mongolia
En el caso chileno, el acceso a la minería se estructura a través de un sistema de concesiones mineras, regulado por el Código de Minería y la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras. Este marco establece que las concesiones son derechos reales e inmuebles, otorgados por el Estado a través de los tribunales, y que pueden ser de exploración o de explotación. La Constitución de 1980 garantiza la propiedad sobre las concesiones, lo que ha brindado seguridad jurídica a los inversionistas. Fernández Montero, como miembro de la comisión que redactó el actual Código Minero, conoce de primera mano los principios que sustentan este modelo, que combina la iniciativa privada con un rol regulador del Estado.
En contraste, Mongolia ha desarrollado un sistema jurídico que algunos analistas consideran más centralizado. La Ley de Minerales de 2006 y sus reformas posteriores establecen un régimen de licencias mineras otorgadas por la autoridad administrativa, con una participación estatal significativa a través de la empresa Erdenes Mongol. Además, Mongolia ha implementado cláusulas de estabilización de inversiones y acuerdos con inversionistas extranjeros, como el proyecto Oyu Tolgoi, una de las minas de cobre y oro más grandes del mundo. El profesor Fernández Montero destaca que, aunque ambos países buscan atraer capital, los mecanismos difieren en cuanto al grado de discrecionalidad administrativa y la protección de derechos adquiridos.
Implicancias para la industria y las comunidades
El análisis de Fernández Montero también aborda las implicancias sociales y ambientales de cada modelo. En Chile, el sistema de concesiones ha sido criticado por algunos sectores que argumentan que prioriza la inversión privada sobre la participación ciudadana y la protección ambiental. En Mongolia, la Ley de Minerales exige evaluaciones de impacto ambiental y consultas a las comunidades locales, aunque su implementación ha sido desigual. El especialista subraya que, más allá de las diferencias, ambos países enfrentan el desafío de equilibrar el desarrollo económico con la sostenibilidad y los derechos de los pueblos originarios.
La comparación entre Chile y Mongolia se produce en un momento en que la industria minera global se prepara para la transición energética, que demandará mayores volúmenes de cobre, litio y otros minerales críticos. Fernández Montero concluye que el diseño jurídico del acceso a la minería no es neutral: refleja la concepción del Estado sobre los recursos naturales y su distribución de beneficios. En ese sentido, el debate sobre los modelos legales continuará siendo central para las políticas públicas de ambos países y para la competitividad de sus industrias mineras.












